Canal de Denuncias de ASOFEM
ASOCIACION SALUD MENTAL LORCA Y COMARCA (en adelante, ASOFEM), con CIF G30555130 y domicilio en Calle Berlín, 2. Urbanización Torre del Obispo, 30813 (Purias) LORCA (Murcia), pone a disposición de cualquier persona relacionada con la entidad este canal de denuncias, como parte de su compromiso con la transparencia, la ética y la buena gobernanza, inspirado en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
¿Para qué sirve este canal?
Permite comunicar de forma responsable cualquier irregularidad, incumplimiento normativo o conducta contraria a nuestro Código Ético, Código de Conducta o Protocolo de acoso, de la que se tenga conocimiento en el desarrollo de la actividad de ASOFEM.
¿Quién puede presentar una denuncia?
Cualquier persona trabajadora, voluntaria, usuaria, familiar, colaboradora o proveedora de ASOFEM que tenga conocimiento de hechos que puedan ser objeto de denuncia.
¿Qué se puede denunciar?
Irregularidades administrativas o económicas, incumplimientos de la normativa aplicable, situaciones de acoso o discriminación, conflictos de interés no declarados, o cualquier conducta contraria a los valores y códigos internos de la entidad.
¿Cómo se presenta una denuncia?
Puedes iniciar la denuncia directamente desde aquí:
Incluye en el mensaje la mayor cantidad de información posible (hechos, fecha, personas implicadas y cualquier evidencia disponible). También se puede presentar por escrito en nuestras oficinas, dirigido a la Junta Directiva.
Confidencialidad y protección de la persona informante
ASOFEM garantiza la confidencialidad de la identidad de la persona denunciante, de la persona afectada y de cualquier tercero mencionado, así como de la información tratada. El acceso a las denuncias está restringido a las personas responsables de su gestión. No se tomará ninguna represalia contra quien presente una denuncia de buena fe.
Plazos de tramitación
Se acusará recibo de la denuncia en un plazo máximo de 7 días naturales, y se procurará resolver en un plazo no superior a 3 meses desde su recepción.
Normativa de referencia
Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Este canal se ofrece como buena práctica de transparencia y gobernanza, en línea con el Código Ético y el Protocolo de acoso de ASOFEM, disponibles en la página de Transparencia.